Las comunidades tienen 1 año para adaptar el Reglamento de Copropiedad según la ley.
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Asambleas telemáticas: Ahora están autorizadas y deben realizarse según ciertas reglas sobre: la convocatoria, la plataforma que se utiliza y las votaciones.
Designación de miembros del comité por sorteo: En caso de que no haya suficientes interesados a formar parte del comité, el presidente saliente hará un sorteo según ciertas reglas.
Actualización del Registro de Copropietarios: La administración debe llevar un registro de quiénes viven en el condominio que debe ser actualizado anualmente.
Arriendos temporales (Airbnb): El Reglamento de Copropiedad no puede prohibir el uso de unidades para arriendo temporal (Airbnb), pero sí puede establecer limitaciones.