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Ruidos molestos: ¿Son legales las multas en condominios?

3/4/2023

Los ruidos molestos son unos de los principales causantes de problemas dentro de las comunidades de los edificios, ¿o es que nunca tuviste un vecino que adorara poner música fuerte hasta las 4:00 am o hiciera clases de tap temprano en la mañana?

No tiene por qué ser así. Es lógico que mientras algunos propietarios quieren descansar, otros intentan disfrutar al máximo el espacio de su departamento. Y hay oportunidad para ambos, siempre y cuando se respeten las reglas establecidas. 

La Ley de Copropiedad Inmobiliaria establece algunas normas para la convivencia y cada condominio tiene su reglamento, en el artículo 32 indica:

"...Tampoco se podrá ejecutar acto alguno que perturbe la tranquilidad de los copropietarios o comprometa la seguridad, salubridad y habitabilidad del condominio o de sus unidades, ni provocar ruidos en las horas que ordinariamente se destinan al descanso, ni almacenar en las unidades materias que puedan dañar las otras unidades del condominio o los bienes comunes..."

Vivir en comunidad significa pensar en los otros copropietarios al momento de usar los espacios. El ruido por reparaciones, música a alto volumen y organización, por ejemplo, siempre va a escapar de las paredes de los departamentos. 

¿Qué pasa si no se toman en cuenta las horas para estas actividades? La administración actúa como mediador para intentar evitar los problemas. Cuando no lo logran, apelan a diferentes herramientas para penalizar a los infractores.

¿Y son legales las multas en condominios por ruidos molestos y otros problemas de convivencia? La respuesta corta es: sí, mientras actúen apegados a lo que dice la ley. De igual forma, vamos a explicar en detalle todo lo que envuelve este tema y te aseguramos que no quedarás con dudas. 

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¿Cómo sé que un ruido "es molesto"?

El volumen del sonido puede ser subjetivo si no se cuenta con un dispositivo de medición. Lo que le parece un volumen normal a una persona puede ser un volumen muy alto para otra.

Por eso, el decreto 38 del Ministerio de Medio Ambiente en el marco de la contaminación sonora en zonas residenciales, indica lo siguiente:

En horarios de 7:00 a.m. a 21:00 horas = 55 decibeles, lo equivalente a un aire acondicionado.

De 21:00 horas a 7:00 a.m. = 45 decibeles, es decir, 5 menos que el sonido normal "del día a día" y esto equivale a una calle con poco tráfico (no, no aplica a las motos que suenan de pronto en Santiago Centro).

Claro que esto no aplica para el tránsito vehicular de la calle, tránsito aéreo, sistemas de alarma y/o actividades del día a día (como conversaciones, sonido de electrodomésticos, mascotas u otros, siempre y cuando estén fuera de los horarios que normalmente se consideran para descanso o que estén incluidos en el Reglamento de Copropiedad).

Tip Feliz: Existen muchas apps que puedes descargar para medir los decibeles que producen ciertas actividades y que puedas estar seguro de estar dentro del reglamento antes de poner música de noche o llamarle la atención a algún vecino.

administracion de condominios

¿De cuánto es la multa por ruidos molestos?

La multa por ruidos molestos puede ser entre 1 y 3 UTM, según establece la ley de Copropiedad.

La Ley de Copropiedad prohíbe “provocar ruidos en las horas que ordinariamente se destinan al descanso”.

La multa por ruidos molestos es entre una ($52.213 CLP) y tres ($156.639 CLP) unidades tributarias mensuales según establece este reglamento.

En el caso de reincidencia, se puede elevar al doble; es decir, que un copropietario podría llegar a pagar hasta $308.934 por ruidos molestos.

“Se entenderá que hay reincidencia cuando se cometa la misma infracción, aun si esta afectare a personas diversas, dentro de los seis meses siguientes a la fecha de la resolución del juez de policía local que condene al pago de la primera multa”, especifica el artículo 32.

Sí, te gustaría conocer más acerca del rango de multas por ruidos molestos en Santiago de chile >>>Clic aquí<<<

¿Son legales las multas por ruidos molestos?

Sí, son legales, la ley sobre copropiedad lo establece con claridad.

El Comité de Administración, el administrador y cualquier persona afectada puede denunciar infracciones relacionadas con ruidos molestos y otros asuntos en los juzgados de la policía local, hasta tres meses después de sucedidos los hechos.

Esta es una vía para penalizar a los propietarios por ruidos molestos y otras acciones; sin embargo, hay otro camino. 

Lee ahora: ¿Está permitida la venta de comida dentro de condominios?

La Ley 19357 también indica que el Comité de Administración puede dictar normas para facilitar el orden en el condominio y tiene la facultad de imponer las multas contempladas en el reglamento de copropiedad.

Así que también se podría sancionar por esta vía a los infractores, sin necesidad de acudir a los juzgados de la policía local.

¿Qué otras multas en condominios son legales?

Los ruidos molestos son solo una de las razones por las cuales se puede sancionar a los propietarios en un condominio. La Ley menciona también que estas razones pueden conllevar a una sanción: 

  • Perturbar la tranquilidad de otros propietarios. 
  • Atentar contra la seguridad de los vecinos. 
  • Comprometer la salubridad de la comunidad. 
  • Afectar la habitabilidad del condominio o una de una unidad.
  • Almacenar materiales que puedan dañar espacios comunes.

La administración podría aplicar sanciones en todas las áreas que se cometan las infracciones anteriormente descritas. 

4 consejos para lidiar con ruidos molestos 

Cómo lidiar con los ruidos molestos

Este tipo de situaciones en los condominios, pueden ser difíciles de manejar.

Si formas parte del Comité de Administración o eres el Administrador del edificio, te sugerimos estos tres puntos para solucionarlo.

- Trata de mediar

Tal vez el propietario no se fijó en el horario (en el caso de ruidos molestos) o desconocía la norma.

Por eso siempre recomendamos que antes de aplicar multas en condominios, se intente conversar sobre el tema. De esta forma, es probable que se solucione más rápido el problema. 

- Actúa siempre apegado a la ley

Es muy importante que tengas la ley y el reglamento de propiedad a la mano para este tipo de situaciones.

Recuerda que aunque una norma aparezca en el reglamento interno, si no está establecida en el reglamento de copropiedad será ilegal aplicarla.  

En el caso de que haya un problema reiterado que no aparezca en el reglamento de propiedad, te recomendamos seguir los canales regulares para incluirlo: hacer una asamblea extraordinaria, con presencia de un notario público y someterlo a votación (debe contar al menos con el 75 % de los votos). 

- Mantén informada a la comunidad

Es importante mantener informado al copropietario afectado durante el procedimiento para intentar solucionar el problema.

Asimismo, puede que otros vecinos hayan sufrido por la misma razón, aunque no se hayan manifestado. Por esta razón, en el caso de que hayas tenido que llegar a sancionar, podrías también informar al resto de la comunidad de la situación. 

- Apóyate en la tecnología

La comunicación es fundamental para solucionar o evitar este tipo de situaciones y no tener que llegar a aplicar multas en condominios. Por eso siempre te recomendamos tener un intercambio de mensajes fluidos con tu comunidad.

Hoy en día es muy sencillo hacerlo, con ComunidadFeliz.cl, por ejemplo, podrías gestionar un muro virtual para intercambiar ideas sobre algunos temas. 

También te facilita el envío de comunicados internos y hasta te permite organizar asambleas o votaciones a distancia. Te invitamos a probar de forma gratuita esta funcionalidad y las muchas otras que te ofrece el mejor software de administración. 

Conclusiones:

Las multas en condominios por ruidos molestos y otros problemas son legales, siempre y cuando se cumplan los siguientes puntos: 

  • Se haga a través de una denuncia en el juzgado de la policía local, basado en lo establecido en la Ley de Copropiedad. 
  • Sea aplicada por el Comité de Administración del condominio, fundamentado en lo establecido en el reglamento de copropiedad. 
  • No contravenga ninguna ley o los derechos básicos de las personas. 

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Cualquier decisión que no se fundamente en los puntos anteriores, puede traer consecuencias a la administración del condominio. Por último, te recomendamos también aclarar otros puntos claves que suelen traer controversia en los edificios: los estacionamientos

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Roalber Torres

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