12/12/2022
¿Las comunidades de edificios y condominios deben presentar Declaraciones Juradas de Renta? Pues la verdad es que sí. Los administradores deben gestionar la Declaración Jurada siempre y cuando se haya retenido algún impuesto o pagado rentas de trabajo, es decir, pago de sueldos a trabajadores.
Estas declaraciones se realizan con el fin de cumplir legalmente con las exigencias que se establecen en la legislación chilena, sirviendo además para llevar un registro y orden de la contabilidad de la comunidad.
En sí una Declaración Jurada es el documento escrito que asegura y valida que la persona que firma la declaración está totalmente de acuerdo con un procedimiento o información allí descrita.
Este documento representa a la palabra de cada persona, validando ante una autoridad judicial o administrativa un hecho. Asimismo, estas consideran dos tipos:
Llas declaraciones que deben proceder las comunidades es la declaración jurada 1887, considerada una común fuera de regímenes específicos.
Lo que se busca con la DJ 1887 es que por parte de las comunidades y todos aquellos que la deben efectuar, es que declaren los sueldos, sobresueldos o cualquier renta similar, impuesto único de segunda categoría retenido, así lo señala el Servicio de Impuestos Internos.
Lo que se señala por el Servicio de Impuestos Internos, es que toda persona natural o jurídica que ejerzan o desarrollen una actividad empresarial y que hayan pagado rentas del Artículo 42 N° 1 de la Ley sobre Impuesto a la Renta (LIR), debe cumplir con la DJ 1887.
Dentro de las comunidades, la persona encargada de realizar dicha declaración puede ser el presidente del comité de administración, administrador o bien quien tenga la representación legal del edificio o condominio.
Es necesario que se tenga a una persona encargada para dicha labor, ya que, el SII establece plazos para llevar a cabo estas diligencias y de no cumplir con las fechas indicadas o no realizarla, se arriesgan a diversas sanciones o multas.
Información de quién declara
Información del receptor de la renta
Una vez que tengas tu documento debes cargarlo al Servicio de Impuestos Interno siguiento estos pasos:
1. Ingresa al sitio web el SII (www.sii.cl).
2. Accede a "Servicios Online" y pincha en "Declaraciones Juradas"
3. Una vez dentro de la página "Declaraciones Juradas", accede a "Declaraciones Juradas de Renta"
4. Posteriormente, haz clic en "Mis Declaraciones Juradas" e inicia sesión con tu Clave Tributaria o Clave Única.
5. Allí visualizarás tus Declaraciones Juradas disponibles, en la número 1887 presiona "Declarar".
6. Verás entonces un formulario que te dará el sistema. El nombre del formulario es "INGRESO DE DECLARACIÓN JURADA N°1887" este te pedirá cierta data que ya debe estar calculada desde el software de administración de edificios ComunidadFeliz, si no lo usas, tendrás que calcularlos por otros medios.
7. Para obtener los datos a través de ComunidadFeliz, debes ingresar al sistema y dirigirte al módulo "Remuneraciones", luego clicar la sección que dice "Declaración Jurada 1887" para descargar el archivo Excel y en formato .CSV.
8. Abre el Excel y podrás ver los valores que te pide el formulario del Servicio de Impuestos Interno, para actualizarlo.
9. Finalmente, al final del proceso en el Servicio de Impuestos Interno verás la opción para importar un archivo, por lo que podrás cargar el documento .CSV descargado anteriormente.
¡Y eso sería todo! Fácil y rápido. Si te quedan dudas, siempre puedes tomar una asesoría gratuita de 15 minutos con nuestra abogada de condominios Claudia Poblete (claudia.poblete@comunidadfeliz.cl) o descargar nuestro Ebook "¿Cómo se hacen las Declaraciones Juradas?"
Es muy importante cumplir con estas exigencias, no solo porque se arriesgan a una sanción al no efectuarlas, sino que permite que dentro de la comunidad pueda existir una claridad y un orden en la contabilidad.