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¿Cómo inscribirte en el Registro Nacional de Administradores para ejercer la administración de condominios?

28/2/2024

Mientras las administraciones de edificios ya están leyendo el borrador del Reglamento del Registro Nacional de Administradores 2024, recientemente publicado, el equipo legal de ComunidadFeliz preparó un análisis del reglamento, para que veas lo nuevo qué se viene y con lo que debes prepararte.

Aquí encontrarás lo que necesitas saber para realizar tu inscripción en el Registro Nacional: los requisitos y documentos, el proceso de inscripción, el curso de capacitación y mucho más.

Deben tener en cuenta que las reglas del Registro Nacional de Administradores entrarán en vigor tras la publicación del decreto que trata sobre el Registro Nacional  de Administradores, lo que ocurrirá en las próximas semanas.

¿Cuál es la diferencia entre administración gratuita y administración onerosa?

La Ley 21.442 (Ley de Copropiedad Inmobiliaria) ya ha realizado la distinción entre estas dos categorías de administradores: los que administran gratuitamente o en carácter oneroso. Y el Reglamento presenta dos tipos de inscripciones en este sentido: a título gratuito y a título oneroso.

Las administraciones que se inscriban a título gratuito no podrán realizar la actividad remunerada de administración de condominios. Es decir, solo los administradores inscritos a título oneroso podrán cobrar por su trabajo de gestión de condominios.

¿Cuáles son los requisitos y documentos para la inscripción?

Los requisitos varían según si la inscripción es gratuita u onerosa, para persona natural o jurídica. 

Para la inscripción gratuita de personas naturales, los documentos necesarios son:

  • Formulario de solicitud de inscripción en el Registro Nacional de Administradores a título gratuito
  • Cédula de identidad, para chilenos; copia de la cédula de identidad y “certificado de residencia y domicilio para extranjeros”, para extranjeros 
  • Certificado de antecedentes penales para fines especiales
  • Declaración jurada que señale la autenticidad de los documentos presentados

Para inscripción onerosa de personas naturales, los documentos necesarios son:

  • Formulario de solicitud de inscripción en el Registro a título oneroso
  • Cédula de identidad, para chilenos; copia de la cédula de identidad y “certificado de residencia y domicilio para extranjeros”, para extranjeros 
  • Certificado de antecedentes penales para fines especiales
  • Certificado de “Licencia de educación media”
  • Certificado de competencias laborales o certificado de aprobación en curso de capacitación en materias de administración de condominios
  • Declaración jurada que señale la autenticidad de los documentos presentados

Para inscripción gratuita de personas jurídicas, los documentos necesarios son:

  • Formulario de solicitud de inscripción en el Registro a título oneroso
  • Copia de inscripción de personalidad jurídica con vigencia, de la constitución de la sociedad con anotaciones marginales y certificado de vigencia de poderes, si corresponde
  • Nómina de las personas naturales que ejercerán las labores de administradores o subadministradores de condominios (deberán estar inscritas individualmente en el Registro a título oneroso)
  • Identificación del representante legal de la persona jurídica o de alguno de los socios, accionistas o autoridades superiores
  • Declaración jurada que señale la autenticidad de los documentos presentados

Para la inscripción gratuita de personas jurídicas, los documentos necesarios son:

  • Formulario de solicitud de inscripción en el Registro a título gratuito
  • Copia de inscripción de personalidad jurídica con vigencia, de la constitución de la sociedad con anotaciones marginales y certificado de vigencia de poderes, si corresponde
  • Nómina de las personas naturales que ejercerán las labores de administradores o subadministradores de condominios (deberán estar inscritas individualmente en el Registro)
  • Identificación del representante legal de la persona jurídica o de alguno de los socios, accionistas o autoridades superiores
  • Declaración jurada que señale la autenticidad de los documentos presentados

Descarga aquí el ebook que explica cada punto del Reglamento:

¿Qué certificación se requiere para registrarse como administrador?

Los administradores que deseen registrarse a título oneroso, a fin de cobrar por sus servicios de administración prestados, deberán presentar uno de estos dos certificados:

  • Certificado de aprobación en curso de capacitación en administración de condominios
  • Certificado de aprobación en competencias laborales

Curso de Capacitación de Administración de Condominios

El curso de capacitación deberá ser impartido por una institución de educación superior del Estado o reconocida por éste o por un organismo técnico de capacitación acreditado por el Servicio Nacional de Capacitación y Empleo (OTEC).

Y para ser reconocido, el curso de capacitación en administración de condominios también deberá presentar los siguientes temas:

  • Plan de emergencia, contratación de seguros y demás preceptos sobre seguridad del condominio y funcionamiento, cuidado, mantención y reparación de sus instalaciones.
  • Normativa laboral y previsional aplicable al personal del condominio.
  • Rendición de cuentas y cobro de gastos comunes y demás obligaciones económicas.
  • Enfoques de derechos humanos aplicados a las relaciones comunitarias y fórmulas de resolución de conflictos.
  • Ley N°21.442, que aprueba la Nueva Ley de Copropiedad Inmobiliaria, y sus reglamentos.

Certificación de Competencias Laborales

La alternativa al curso de capacitación es la certificación de competencias laborales otorgada por un centro acreditado por la Comisión del Sistema Nacional de Certificación de Competencias Laborales (ChileValora).

Para ser válida, la certificación de competencias laborales deberá incluir al menos los mismos conocimientos de normas y procedimientos que el curso. Y los centros de certificación de competencias laborales deberán cumplir además con los contenidos y horas mínimas, definidos en el “Perfil de certificación de competencias laborales para administración de condominios”.

¿Quién no puede inscribirse en el Registro Nacional de Administradores?

Las personas físicas o los socios o accionistas de personas jurídicas con determinados antecedentes penales no podrán desempeñar el trabajo de administración de condominios, ya sea de forma gratuita u onerosa.

Estarán inhabilitadas también las personas naturales o jurídicas sancionadas por alguna de las causales de infracción gravísima de la Ley 21.442 (Ley de Copropiedad Inmobiliaria).

¿Dónde se realiza la inscripción al Registro Nacional de Administradores?

Se pondrá a disposición una plataforma del Registro Nacional para que los administradores puedan inscribirse y gestionar su inscripción.

Los documentos de registro mencionados anteriormente deberán enviarse a la plataforma. Además, también estarán en la plataforma:

  • Identificación de los condominios en los que prestan servicios
  • Registro de sanciones
  • Estado de inscripción
  • Detalles sobre incorporaciones y retiros del registro

La resolución de la inscripción tendrá un plazo determinado y se podrán interponer recursos en caso de rechazo.

¿Qué información debe actualizarse en la plataforma?

Las personas inscritas deberán informar cambios o modificaciones de los antecedentes o de cualquier documentación presentada para la inscripción en un plazo no superior a 10 días hábiles, contados a partir de la fecha del cambio o modificación.

Si se incumple con lo anterior, la SEREMI podrá iniciar un procedimiento sancionatorio de acuerdo con la Ley 21.442.

El certificado de antecedentes penales para fines especiales deberá ser renovado anualmente por los administradores registrados.

Jurisdicción del Registro Nacional de Administradores

El Registro Nacional de Administradores de Condominios, establecido por la Ley N° 21.442, abarca todo el territorio nacional y está bajo la supervisión del Ministerio de Vivienda y Urbanismo (MINVU), a través de la Secretaría Ejecutiva de Condominios. 

Esta última actúa mediante las Secretarías Regionales Ministeriales (SEREMI) de Vivienda y Urbanismo en las diferentes regiones del país.

¿Cuáles son las funciones de la Secretaría Ejecutiva de Condominios en el Registro Nacional?

La Secretaría Ejecutiva de Condominios del MINVU es responsable de mantener y gestionar la plataforma digital del Registro Nacional, asegurando su funcionamiento continuo y la actualización constante de la información. 

Además, supervisa el cumplimiento del reglamento, interpreta sus normas, resuelve consultas y elabora formularios para solicitar la inscripción.

¿Cuáles son las funciones de las Secretarías Regionales Ministeriales (SEREMI) en el Registro Nacional?

Las SEREMI tienen la responsabilidad de recibir y procesar la información de inscripciones y modificaciones en el Registro Nacional, resolver las inhabilidades e incompatibilidades, informar sobre infracciones y sanciones, sustanciar procedimientos sancionatorios y comunicar los resultados a las comunidades afectadas.

¿Cuándo entran en vigor estas normas?

El Reglamento del Registro Nacional se encuentra en la etapa final antes de la publicación en el Diario Oficial. Se espera que el decreto con las reglas aquí mencionadas se publique en las próximas semanas. 

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Marcell Marchioro
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