La Secretaría Ejecutiva de condominios emitió la sexta circular sobre la incorporación de condominios de viviendas sociales en el Registro Municipal. A continuación te dejamos alguna de las temáticas que se ven.
Principales puntos:
- Las municipalidades deberán incorporar a todos los condominios sociales de la comuna en un apartado del Registro Municipal, especificando los datos del condominio, ya sea de forma física o digital.
- El Reglamento de Copropiedad de los condominios de viviendas sociales, como las escrituras de modificación del mismo, las actas en las que conste los integrantes del comité, deben dejar una copia en la municipalidad correspondiente.
- La Dirección de Obras Municipales deberá contar con el certificado que acoge al condominio al régimen de copropiedad y el certificado que acredite la condición de condominio de vivienda social
Descarga aquí la nueva circular: