¿Es obligatorio crear un plan de emergencia y evacuación?
12/12/2022
El plan de emergencia y evacuación es aquel que prepara a la comunidad ante siniestros y emergencias como: Incendios, terremotos, tsunamis y otras catástrofes que pongan en riesgo la vida de las personas, las unidades y los bienes de dominio común del condominio.
Para lograr que el plan de emergencia y evacuación cumpla con su función en la comunidad, es importante que:
Sea aprobado por la asamblea de copropietarios.
Difundido: No solo a los copropietarios, también a los trabajadores del condominio.
Practicado: A través de simulacros y charlas de prevención.
Actualizado constantemente: En caso de que cambien las condiciones del condominio.
A continuación, te explicamos por qué es obligatorio crear un plan de emergencia y evacuación y todo lo que debe contemplar para garantizar la seguridad de todos en la comunidad.
¿Es obligatorio crear un plan de emergencia y evacuación?
Es obligatorio, porque así lo establece el artículo 40 de la ley de copropiedad inmobiliaria, dejando claro que:
“Todo condominio deberá tener un plan de emergencia ante siniestros o emergencias, tales como incendios, terremotos, tsunamis u otros eventos que puedan dañar a las personas, a las unidades y/o a los bienes de dominio común del condominio.
El plan de emergencia deberá incluir las acciones a tomar antes, durante y después del siniestro o emergencia, con especial énfasis en la alerta temprana y los procedimientos de evacuación ante incendios”.
Además, en el mencionado artículo resaltan puntos que profundizan en cuáles requisitos debe cumplir un plan de emergencia y evacuación para su validez y eficacia:
El plan de emergencia debe ser actualizado cuando se modifiquen las condiciones generales de seguridad y el buen funcionamiento de las instalaciones de emergencia del condominio.
El plan de evacuación debe ser actualizado, por lo menos una vez al año: Tomando en cuenta el número de residentes, las personas ocupantes con discapacidad o movilidad reducida, infantes y población no hispano parlante.
Debe mantenerse en la recepción o conserjería del condominio: Además, debe incluir un plano del condominio que señale las vías de evacuación y las instalaciones de emergencia.
La elaboración del plan de emergencia y sus actualizaciones, debe estar en manos de un ingeniero en prevención de riesgos y estar suscrito por el presidente del comité de administración y por el administrador del condominio.
Debe ser entregados en papel y en digital a la respectiva unidad de Carabineros de Chile y al Cuerpo de Bomberos que corresponda a la comuna donde se encuentra el condominio.
¿Qué se debe desarrollar en un plan de emergencia y evacuación?
No existe un plan de emergencia único. Debe ajustarse a la realidad de cada edificio o condominio. Sin embargo, es importante que contenga lo siguiente:
Explicación general: En este apartado son mencionados los datos básicos del condominio, dónde está ubicado, su distribución, infraestructura y responsables.
Fase de alarma: En esta sección se explica cómo se va a alertar a cada integrante de la comunidad de que esté sucediendo una emergencia. Por ejemplo, sistemas de detección de humo, alarmas y funcionamiento.
Fase de desplazamiento: Contempla las vías de escape y cuáles condiciones deben cumplir para facilitar cualquier evacuación. Ejemplo: Rampas de emergencia para personas con discapacidad.
Fase de organización en el sitio de emergencia: Acá se establece quiénes son las personas que van a dirigir a la comunidad en caso de una emergencia, hasta que lleguen los rescatistas.
Luego de la evacuación, las personas deben saber dónde agruparse y permanecer ahí mientras se atiende la situación de emergencia.
Riesgos de no tener un plan de emergencia y evacuación
Si llega a darse un siniestro y la comunidad no cuenta con un plan de emergencia y evacuación. Puede darse una demanda de querellas que afecte, no solo a la comunidad, también a la administración y al comité, porque ellos por ley deben encargarse de crearlo y mantenerlo actualizado.
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