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¿Qué debe entregar el administrador del condominio en cada rendición de cuentas?

18/12/2024

En la ley de copropiedad 21.442, quedó establecido que el administrador debe rendir cuentas, ante el comité de administración de forma mensual, a la asamblea de copropietarios en cada sesión ordinaria o al término de su gestión.

Para que el proceso de rendición de cuentas sea efectivo para todas las partes interesadas, a continuación te explicamos, cuáles son los documentos que se deben presentar y qué se debe hacer en caso de irregularidades. 

¿Por qué es importante la rendición de cuentas?

La rendición de cuentas del administrador de condominios es importante porque es una herramienta para evaluar su gestión. Además:

  • Previene la desviación de capitales.
  • Corregir cualquier desviación idel presupuesto. 
  • Detectar errores entre ingresos y egresos como depósitos pendientes, cargos no reconocidos o errores por parte de la institución bancaria.

¿Quieres un resumo de lo que dice la Ley 21.442 sobre rendición de cuentas?

Descarga este folleto rellenando el formulario abajo:

Documentos que debe entregar el administrador del condominio en cada rendición de cuentas

En cada rendición de cuentas el administrador debe entregar: 

  • El detalle de los ingresos y gastos: Incluyendo remuneraciones y pagos relativos a la seguridad social del personal contratado.
  • Saldo en caja: Se debe entregar una copia informada por el banco de todas las cuentas bancarias y respaldo de pago de los seguros contratados.

Para ver el detalle de esta información, el administrador debe entregar:

  • Balance general: Es un resumen de todos los activos de la copropiedad, de todas las deudas y el capital que posee a la fecha de la rendición de cuentas.
  • Estado de resultados: Informe financiero detalla los ingresos obtenidos por pago de gastos comunes, alquiler de zonas comunes, multas, entre otros. Además de los egresos asociados a pago de personal, reparaciones locativas, mantenimiento, etc.
  • Informe de flujo de caja: Informe contable básico que expone las variaciones y movimientos del dinero en efectivo durante la gestión del administrador.
  • Informe libro de bancos: Muestra en detalle el saldo de la cuenta bancaria de la copropiedad y cada uno de sus movimientos en orden cronológico.
  • Informe de gastos comunes: Debe evidenciarlos montos recaudados por este concepto, no sólo producto de la cuota mensual que los copropietarios deben pagar, sino aquellos asociados al cobro de intereses por mora.
  • Informe de contratos de trabajo: Muestra la relación de los pagos de las remuneraciones de la planta de personal que trabaja en el condominio, como por ejemplo el del conserje, el guardia de seguridad, entre otros. 
  • Informe de contratos de proveedores: Muestra los pagos realizados por mantenciones, servicios o productos utilizados durante las mantenciones del condominio y la ejecución de obras.
  • Informe Fondo de Reserva: Refleja la cantidad de dinero con la que cuenta el condominio para hacer frente a gastos comunes imprevistos y la certificación de las instalaciones de gas, ascensores, montacargas y escaleras o rampas mecánicas

Esta documentación debe estar a disposición de los copropietarios y arrendatarios del condominio y ser proporcionada, al menos, veinticuatro horas antes de las sesiones ordinarias de la asamblea de copropietarios o de las reuniones del comité de administración donde se vaya a realizar la rendición de cuentas.

Según el artículo 14 de la ley de copropiedad 21.442, luego de ser entregada la rendición de cuentas, el comité de administración somete a votación de la asamblea la aprobación del balance presentado. 

Si existen observaciones por parte de los copropietarios:

  • El administrador debe responderlas en un plazo máximo de quince días corridos. 
  • Recibida la respuesta o vencido el plazo para hacerlo, el comité de administración debe remitir los nuevos antecedentes a los copropietarios y citar a una nueva sesión ordinaria para votar la aprobación del balance o realizar la respectiva consulta por escrito.

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